YO DIGO SÍ A LA PAZ

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lunes, 6 de marzo de 2017

FALSOS POSITIVOS Y LA JEP

Por Germán Ayala Osorio, comunicador social y politólogo


Que los “falsos positivos” sean considerados delitos cometidos  o no dentro del devenir del conflicto armado interno, es una discusión jurídica que despierta una enorme sensibilidad social y política. No será fácil para los familiares de los jóvenes asesinados por miembros de la Fuerza Pública, aceptar dicha tesis por cuanto los agentes del Estado están para proteger la vida y la honra de los ciudadanos. Jamás  podrá ser lo mismo que una fuerza ilegal viole los derechos humanos y el Derecho Internacional Humanitario (DIH), a que esas mismas violaciones sean cometidas por agentes estatales sobre los cuales recae la responsabilidad y el deber de valorar y de responder, en perspectiva de derechos, a la confianza que los ciudadanos depositaron en el Estado, a través de estos servidores públicos.  

Es claro que asesinar civiles inermes no es un acto del servicio. Pero tampoco podemos desconocer que los llamados “falsos positivos” guardan una relación estrecha con una realidad inocultable: la degradación del conflicto armado interno, y un perverso y equivocado redireccionamiento de la misión de los agentes de la Fuerza Pública involucrados en la comisión de estos delitos de lesa humanidad. Es difícil imaginar que por fuera de las dinámicas de un conflicto armado como el que vive Colombia desde 1964, se pueda hablar de falsos positivos. Subsiste una conexión casi natural con la comisión de estos delitos, sin que con ello se pretenda minimizar el delito en sí mismo, su dimensión política y social, y mucho menos, el dolor de los familiares de los colombianos asesinados en esas execrables circunstancias.

Así entonces, y de acuerdo con el objetivo final de garantizar verdad, justicia, reparación y no repetición, aceptar que los "falsos positivos" sean juzgados como delitos graves perpetrados por agentes del Estado, en el contexto del conflicto armado interno, no puede entenderse como un insalvable error jurídico: se trataría, mas bien, de una decisión política anclada en la necesidad de reconocer que efectivamente el conflicto armado se degradó, hasta tal punto, que miembros del Ejército, especialmente, no solo subvaloraron la vida de los civiles asesinados, sino que tergiversaron y monetizaron la tarea de enfrentar militarmente al enemigo interno.

Más allá de las interpretaciones jurídicas y las discusiones de los expertos, debe estar el compromiso de quienes hoy orientan a las fuerzas armadas, de develar, una vez entre en operación la Jurisdicción Especial para la Paz, las finas conexiones que hicieron posible que la práctica militar de producir falsos positivos estuviera mediada por órdenes emanadas por coroneles y otros oficiales con mando de tropa, con la anuencia de generales de brigada, de la cúpula militar e incluso, del propio Presidente en ejercicio, en su calidad de comandante suprema de las Fuerzas Armadas.

Incluso, si las órdenes de operaciones resultasen falsas, dichas circunstancias no son suficientes para eximir de responsabilidad a quienes dentro de una línea de mando y al interior de un batallón, no se hayan tomado el tiempo y la tarea de analizar lo ocurrido en esos supuestos combates en los que se produjeron las “bajas” de los supuestos guerrilleros, reportadas con celeridad para recibir los beneficios contemplados tanto en el Decreto Boina, como los estipulados en la directriz ministerial 029 de 2005.

Insistir en juzgar a los responsables de "falsos positivos" como violadores de los derechos humanos, por fuera de la JEP, es prolongar en el tiempo odios y resquemores que solo conducen a la generación de sentimientos de venganza y a la entronización de la desconfianza de los ciudadanos en la fuerza pública.

Es posible que la discusión de la técnica jurídica se eternice y que finalmente triunfe la tesis que indica que dichos delitos de lesa humanidad no pueden considerarse como parte de las dinámicas de la guerra interna colombiana. Como puede suceder que los falsos positivos sean revisados por los magistrados que darán vida a la JEP. Más allá de lo que suceda jurídicamente, la actual cúpula militar debería de preparar acciones de petición de perdón por hechos de guerra, como los ocurridos en Bojayá, a donde ya las Farc viajaron y pidieron perdón a las comunidades afectadas; y por supuesto, una petición de perdón por los falsos positivos cometidos por unidades militares que no solo violaron los DDHH y el DIH, sino que mancillaron el honor militar, traicionaron la confianza de los ciudadanos y debilitaron la institucionalidad castrense.

En cualquier sentido que termine la discusión sobre este espinoso asunto, lo cierto es que el conflicto armado interno sirvió para darnos cuenta de la perversidad, la vileza y la perfidia de todos los combatientes, legales e ilegales, pero también, para que empresarios y otros sectores de poder exhibieran una perniciosa doble moral con la que pudieron, unos y otros, calificar a los caídos, civiles o no, bajo la insana dicotomía que señala que unos eran Buenos y otros, simplemente, eran Malos


Adenda: en por lo menos dos ocasiones, el hoy ministro de la Defensa, Luis Carlos Villegas, ha señalado que los "falsos positivos" pueden terminar en la Jurisdicción Especial para la Paz, a pesar de la tesis jurídica que señala que no pueden ser investigados por esa jurisdicción, porque no tienen relación directa con el conflicto armado interno, es decir, no se trata de delitos cometidos en operaciones propias de un acto del servicio. Este es el enlace: http://noticias.caracoltv.com/colombia/justicia-especial-para-la-paz-no-es-para-juzgar-generales-afirma-mindefensa

Nota: esta columna fue reproducida en los portales conlaorejaroja (http://conlaorejaroja.com/los-falsos-positivos-y-la-jep/)  y colombiaplural (https://colombiaplural.com/falsos-positivos-la-jep/)

Imagen tomada de arcoiris.com.co

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